Sentencia condenatoria a Nuria Zurita
Habemus Sentencia sobre el caso de Nuria Z., la insumisa electoral de Hervás (Cáceres) y la misma es condenatoria, aunque se haya bajado mucho el importe de la multa.
Una vez leída no podemos sino en estar de acuerdo, de nuevo, con Nuria en su intención de recurrir.
Comprendemos que para los medios sea llamativo que un juez diga cosas como que reconoce el "desgaste y desprestigio“ de algunas de nuestras instituciones, a causa del “comportamiento escasamente edificante de algunos de nuestros dirigentes políticos“. Algo que “repercute y redunda en una cuasi generalizada pérdida de confianza de la ciudadanía en un número cada vez más elevado de nuestros gobernantes que, a modo de onda expansiva, socava y erosiona la propia credibilidad en nuestro sistema de representación política“; como decimos queda muy bonito como titular de periódico pero todo ello le lleva a decir que no, que no cuela eso de la objeción política y que si algo se quiera cambiar hay que hacerlo desde dentro del sistema.
Ni el hincha del Atlético de Madrid ni, recientemente, a un jugador del Atheltic de Bilbao, han tenido que hacer nada desde "dentro" del sistema para escaquerase de estar en una mesa electoral sin que les haya pasado nada. Esto es anecdótico, es cierto, lo realmente preocupante es que la objeción por motivos de conciencia sí se le reconoce, por ejemplo, a la gente religiosa aunque de su insumisión legal se deriven perjuicios para terceros, cosa que no pasó con Nuria.
En fin, leed la Sentencia, sacad vuestras conclusiones y coged aire porque leer de carrerilla el Fundamento de Derecho primero es mortal,